El decreto eleva de los doce días actuales a un mes el periodo máximo en un centro de emergencia. El plazo de estancia máxima en una casa de acogida se fijará en seis meses prorrogables hasta los 18 meses; exactamente el mismo tope que en un piso tutelado (un año, prorrogable seis meses).
Esto quiere decir que si una mujer salta de un recurso a otro de forma correlativa podrá vivir en la red durante 37 meses en total antes de lograr su plena autonomía. Eso sí, la Consejería prevé la posibilidad de «flexibilizar» esos máximos en el caso de que «haya causas justificadas», tal y como recalca la directora general de la Mujer, Esperanza Vázquez, para quien «no se trata de dejar tirada a ninguna mujer que lo necesite».
Y con esa idea, el texto abre la posibilidad a crear centros de acogida especializados, dirigidos de forma concreta a atender a víctimas de género «en situación de especial vulnerabilidad». Es la fórmula para dar una respuesta adecuada a aquellas mujeres que sean objeto de violencia de género y además presenten problemas de salud mental, que sufran algún tipo de adicción o que hayan sido objeto de trata de mujeres.
Del mismo modo, la Consejería trabaja con dos corporaciones locales –León y Aranda de Duero– para crear los primeros pisos tutelados de titularidad pública en la Comunidad que tendrán, de prosperar, un carácter autonómico. Hasta la fecha no existe ninguno, ya que, tal y como explica Vázquez, la Consejería prefiere estudiar la demanda antes de «generar nuevas infraestructuras». Se apoya en que el grado de ocupación de los 192 plazas de los centros actuales no superan en ningún caso el 41%.
Ambos tipos de dispositivos entrarán a formar parte de esa «red autonómica», «homogénea para toda la Comunidad» e «interconectada» que persigue dibujar la Consejería con un decreto que «previsiblemente se aprobará tras el verano» para que entre en vigor «antes de que finalice el año», calcula Vázquez.
Lo hará después de que el texto haya sorteado recientemente el trámite de pasar por Consejo Abierto, con una única aportación, la de UGT, y que tenga que pasar ahora por asesoría jurídica y por el dictamen del Consejo Consultivo.
Con esta nueva norma, que llegará con ocho años de retraso sobre el mandato establecido en la Ley de Violencia de Género de 2010, la Junta trata de adecuar los centros a la realidad actual. No en vano, todos los dispositivos abiertos siguen las reglas fijadas en un decreto de hace ya 18 años.
Como novedad sobre esa norma de 2000, exclusivamente las mujeres víctimas de violencia podrán acceder a los centros, cerrándose, de esta forma, la puerta a que entren mujeres víctimas de abandono familiar.
Y, además, los centros estarán por primera vez abiertos a acoger a menores de edad que sean víctimas de violencia de género en primera persona estén o no emancipadas del núcleo familiar. En este último caso, se requiere la autorización de su representante legal.
La posibilidad está plasmada en el papel, si bien la directora general de la Mujer explica que en la práctica la gran mayoría de esas menores serán derivadas a centros de Infancia, salvo «casos muy complejo», por aquello de convivir con personas más próximas a su edad. Y es que, según los datos de la Consejería, la edad media de las residentes en la red de centros es de 34 años.
Con este decreto, la Consejería de Familia, además de homogeneizar en toda la Comunidad cómo tienen que ser los centros, dónde deben estar ubicados, establece con qué tipo de personal deben contar cada uno de ellos y durante cuánto tiempo de forma presencial, si bien no cualifica la ratio por mujer atendida. Según Vázquez, porque es necesario ser «flexible», ya que la demanda no siempre es homogénea.
Estas reglas de juego serán de obligado cumplimiento para todos los centros de titularidad pública y privada sostenidos con fondos públicos. El resto de centros privados, únicamente serán sometidos a las reglas de autorización, registro, control e inspección.
Los centros de responsabilidad pública, además de la autorización, inscripción en el registro se les exigirá una acreditación que demuestre que se suma al modelo de atención Objetivo Violencia Cero y ofrezcan un «plus de calidad». Esa acreditación se otorgará por un periodo de tres años. Vázquez augura que los centros actuales no tengan problema para adecuarse a la nueva norma.
LAS NOVEDADES DEL DECRETO
Primer decreto en 18 años. El decreto elaborado por la Consejería sustituirá a uno que data del año 2000.
Plazos. Por primera vez una norma establecerá los plazos máximos de permanencia en cada uno de los tipos de centros.
Especializados. Abre la posibilidad a crear centros especializados para víctimas con problemas de salud mental y drogadicción añadidos.
Víctimas menores de edad. Los centros podrán acoger a víctimas menores de edad que estén o no emancipadas.
Personal. Fija el personal con que deberá contar los centros, así como el horario de presencia física en él. Siempre habrá trabajadores disponibles de guardia.